Puede que el Seguro Obligatorio te deba un reembolso

Si pagaste seguro privado y el obligatorio (carro) entre el 1997 y el 2000, tu nombre puede estar en la lista.

Un largo proceso legal iniciado hace más de una década y una sentencia parcial (2016) hicieron posible que las personas que, entre el 1997 y el 2000, pagaron el seguro obligatorio para sus vehículos, además de su póliza privada, puedan recibir un reembolso.

La decisión es el resultado de una ardua batalla legal en la que los demandantes exigieron el “cobro de dinero, intereses y honorarios” a la Asociación de Suscripción Conjunta del Seguro de Responsabilidad Obligatorio, ya que las aseguradoras tenían la “obligación” de devolver los pagos en exceso.

En la demanda se explica que “los demandantes pagaron las primas de una póliza de seguro, bajo alguna aseguradora privada, conocida como póliza del seguro tradicional de responsabilidad y que, de igual forma, pagaron también primas del Seguro de Responsabilidad Obligatorio creado por la Ley Núm. 94 de 20 de agosto de 1997, 26 L.P.R.A. secs. 8052 et seq., según enmendada, conocida como Ley de Seguros de Responsabilidad Obligatorio.”.

Luego de que el caso se viera en el Tribunal de Primera Instancia, el Apelativo y el Supremo, el 8 de julio de 2016 se dictó una sentencia parcial que provocó la creación de una lista de personas con derecho al reembolso.

Así que si entiendes que puedes ser parte de los 200,000 afectados (individuos o corporaciones) a los que hace referencia la demanda, puedes visitar la página web del Departamento de Hacienda para buscar tu nombre en la lista.

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