Abren nueva ventana de retiro

SAN JUAN, Puerto Rico (CyberNews) - El Comité Administrador del Programa de Retiro, Incentivos y Readiestramiento anunció ayer un nuevo periodo de elección desde el 1 al 30 de octubre de 2012 para acogerse a dicho programa establecido por la Ley 70 del 2010.

Este programa fue creado con el fin de ofrecer a los empleados públicos la oportunidad de retirarse o separarse voluntariamente de su empleo en el Gobierno de Puerto Rico y recibir incentivos económicos o una pensión incentivada, entre otros beneficios.

“Este es el quinto periodo que el Gobierno ha ofrecido y es una oportunidad adicional para aquellos empleados que deseen acogerse a estos beneficios y disfrutar de un retiro temprano o, en los casos que apliquen, recibir incentivos económicos. Exhortamos a todos aquellos servidores públicos interesados a completar sus trámites a tiempo en este último periodo”, expresó Juan Carlos Pavía, director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.

El programa ofrece tres opciones de acuerdo con el tiempo en el empleo. La primera de ellas es la renuncia incentivada, mediante la cual se recibiría un incentivo económico, cubierta de plan médico por un año y la oportunidad de participación en programas de readiestramiento y asistencia de búsqueda de empleo.

Una segunda opción es la oportunidad de retiro temprano incentivado a empleados de carrera que tengan entre quince y veintinueve años de servicio cotizados en el servicio público, quienes podrán disfrutar igualmente del beneficio de plan médico por un año, además de una anualidad vitalicia.

Por último, la tercera oportunidad es el retiro incentivado para aquellos empleados públicos que cuentan con treinta años de servicio cotizados y la edad requerida para acogerse a los beneficios de retiro, quienes disfrutarán de un incentivo económico de hasta seis meses de sueldo y la oportunidad de ofrecer sus servicios de manera voluntaria a la comunidad que han servido y dedicado su vida profesional. Además, el incentivo también aplicará a quienes cuenten con la edad requerida para retiro de acuerdo con su plan de retiro al que pertenezcan, pero que no hayan cotizado en el Sistema de Retiro los treinta años de servicio requeridos. Para esto, podrán utilizar dicho incentivo ofrecido por el Gobierno, de hasta seis meses de sueldo, para pagar por el tiempo de servicio no cotizado y acogerse a su retiro. A los beneficios de la tercera opción también se añade que el Programa contempla la oportunidad de participación en programas de readiestramiento y asistencia en búsqueda de empleo.

La secretaria interina del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Elvira Cancio, destacó que “el Programa ha sido una medida sumamente positiva para reducir la carga económica de los principales planes del retiro del Gobierno, se congela la deuda actuarial y el flujo de efectivo futuro. En los casos de retiro temprano incentivado, cada patrono tiene la obligación de pagar las anualidades y continuar realizando la aportación anual requerida al Sistema de Retiro hasta el momento que el empleado sea elegible a recibir la pensión por parte del Sistema.”

Los empleados públicos interesados en acogerse durante este periodo pueden solicitar electrónicamente a través del portal www.yomeretiro.pr.gov. Las agencias de Gobierno evaluarán las solicitudes y determinarán su elegibilidad, para luego someterlas al Sistema de Retiro quien certificará el tiempo de servicios cotizados para que el empleado pueda tomar su determinación final.

Para información sobre el Programa, los empleados también pueden llamar al 787-777-1500 o comunicarse vía correo electrónico a consultas.ley70@retiro.pr.govEsta dirección electrónica esta protegida contra spambots. Es necesario activar Javascript para visualizarla .

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