Determinación del Tribunal reta el poder del ELA

 La decisión del Tribunal de Apelaciones sobre el caso de Pablo Casellas pone en tela de juicio el poder de la constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Ayer un panel del tribunal concedió un nuevo juicio al hombre convicto del asesinato de su esposa, Carmen Paredes.

El Tribunal de Apelaciones concedió el nuevo juicio en base a la determinación del caso Pueblo v. Sánchez Valle, en el que el Tribunal Supremo dictaminó que Puerto Rico no posee soberanía independiente a la de Estados Unidos por lo que se invoca la doble exposición. Esto impide el procesamiento criminal a nivel estatal y en el sistema federal por los mismos hechos.

“Cuando eso está articulado en nuestra constitución. Articulo 2 sección 11 de la constitución, pues obviamente se ha declarado inconstitucional por este tribunal”, argumentó el secretario de justicia, César Miranda.

Esta sección de la constitución local establece que en los casos por delitos graves, los imputados tienen derecho a que su juicio se vea ante un jurado imparcial compuesto por doce ciudadanos, quienes emitirán veredicto en base a la mayoría de votos, y cual deben estar de acuerdo al menos nueve de estos.

Sin embargo, el tribunal dictaminó en el caso de Casellas que los acusados tienen derecho a juicio y, tal como en Estados Unidos, el veredicto debe ser unánime.

Miranda no estuvo de acuerdo con esta decisión y ripostó, “(la constitución del ELA) fue avalada por el Congreso de los Estados Unidos”.

El convicto podría salir en libertad condicional a partir de marzo cuando extinga parcialmente una condena federal.

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