AEE

Denuncian supuestas deficiencias millonarias en el contrato con LUMA Energy

En torno al control de gastos, término del contrato y financiamiento, que son en perjuicio de los consumidores.

El Representante de los Consumidores ante la Junta de Gobierno de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), el ingeniero Tomás Torres Placa, denunció este miércoles deficiencias en el contrato de LUMA Energy en torno al control de gastos, término del contrato y financiamiento, que son en perjuicio de los consumidores.

El ingeniero informó que LUMA factura mensualmente un promedio de $7.8 millones en gastos reembolsables, en adición a su facturación fija de $5 millones.

“Desde la firma del contrato a finales de junio de 2020, al mes de diciembre LUMA ha facturado $46.9 millones en gastos reembolsables sin incluir hojas de tiempo, recibos de compra e información necesaria para su evaluación. Para este periodo su facturación fija fue de $31.5 millones”, sostuvo Torres Placa.

“Estos gastos reembolsables requieren ser analizados con datos públicos abiertos al consumidor, incluyendo toda la información necesaria para ser evaluados”, recomendó Torres Placa.

Gobierno de Puerto Rico tendría que transferirlos a otras agencias.

Añadió que esta no es la única deficiencia, ya que la sección 3.9 del contrato dispone que por cada año que se reduzca el término del contrato de LUMA de 15 años se compense anualmente a LUMA por $100 millones a razón de $8.3 millones mensuales. Esto por disposición federal que requiere un termino de contrato en proporción a la vida útil de la propiedad a ser administrada, en este caso los cables del sistema eléctrico.

“El contrato de LUMA no se debió firmar por un término de 15 años, y menos cuando existe una cláusula que requiere compensar a LUMA por cada año que se reduzca su término. Esto es de suma importancia dado que, luego del huracán María, el sistema de Transmisión y Distribución colapsó, se reparó parcialmente el sistema de transmisión y el sistema de distribución está remendado. Bajo el contrato actual, si se demuestra que la vida útil es menor a lo originalmente estimado, se requiere revisar el término del contrato y compensar a LUMA por cada año que se reduzca su término. Por ejemplo, si el término del contrato de LUMA se reduce en cinco años, hay que compensar a LUMA por $500 millones”, subrayó Torres Placa.

El gobernador dijo que hay que acostumbrarnos.

El ingeniero aseguró que otra deficiencia es el financiamiento de las operaciones de LUMA, según la sección 7.5 del contrato. Financiar a LUMA cuesta $904 millones. Durante el mes de diciembre, la Junta de Supervisión Fiscal hizo público un documento detallando las cantidades requeridas para financiar al contrato de LUMA. Este documento indica que se requieren $904 millones para financiar gastos operacionales, compra de combustible y energía y gastos capitales.

“Aunque siempre hubiera sido necesaria una cantidad para la gestión de proyectos capitales, dado que este contrato provee para que se le transfirieran a LUMA las facultades y poderes de la AEE, se requieren $904 millones para el financiamiento de la operación de LUMA”, abundó.

La AEE dice que no tiene el poder para eliminarlo.

“Este alto costo de financiamiento es debido a que se le transfieren a LUMA todas las facultades y poderes de la AEE, con excepción de la generación, como descrito especialmente en las secciones 5.2 y 5.6 del contrato. Esto tiene serias implicaciones hacia el consumidor y el futuro del sistema eléctrico en Puerto Rico. Además del costo que esto conlleva está el cuestionamiento de quien supervisa a una entidad a la cual se le traspasan todas las facultades y poderes de la AEE. Por lo tanto, se requiere revisar el concepto de esta contratación que claramente va más allá de los deberes de un operador del sistema de transmisión y distribución”, indicó.

Finalmente, Torres placa hizo énfasis en que, independientemente de la capacidad de LUMA para operar el sistema de transmisión y distribución de la AEE, el contrato tiene serias deficiencias en perjuicio del consumidor, las cuales requieren de urgente revisión.

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