El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, convirtió este miércoles en ley el Proyecto del Senado 288 que reduce de seis a tres años el plazo para el cobro de multas por infracciones a la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.
Por lo tanto, ninguna persona estará obligada a pagar multas de años anteriores al periodo de los tres años de vigencia de su licencia.
Manténte al tanto de las noticias locales y del estado del tiempo. Suscríbete a nuestros newsletters gratuitos aquí.
“Con la firma de esta ley el procedimiento de cobro de multas por violaciones a la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico será uno más ágil y eficiente, pero sobre todo justo para los ciudadanos que pagaron responsablemente sus multas o nunca fueron notificados de estas. Como gobernador mi compromiso es hacerles justicia y en esa dirección estamos encaminados”, dijo Pierluisi en comunicado de prensa sobre la medida endosada por los Departamentos de Transportación y Obras Públicas (DTOP), Hacienda y Justicia.
Esta determinación no aplicará en los casos en los que el DTOP demuestre que nunca fueron pagadas porque no se renovó la licencia de conducir correspondiente al periodo en el que aparece la multa. También, que haya enviado por correo electrónico o correo certificado con acuse de recibo, con anterioridad a la culminación de este término, una notificación de cobro al infractor a su última dirección conocida o en su defecto haya publicado en un periódico de circulación nacional una reclamación de pago de la multa o multas atribuibles a dicho conductor.
Además, se establece expresamente que el DTOP está facultado para realizar cualquier gestión judicial de cobro de multas, utilizando el procedimiento establecido en las Reglas de Procedimiento Civil vigentes mientras que el conductor, de entenderlo necesario, podrá realizar un procedimiento de revisión de multa.