Puerto Rico

Juez declara nula e inconstitucional enmienda a la Ley Notarial

Justicia anunció ayer que se allanó a la demanda presentada por la Asociación de Abogados de Puerto Rico.

El juez Alfonso Martínez Piovanetti, del Tribunal de San Juan, decretó este martes la inconstitucinalidad y nulidad del artículo 86 de la Ley Notarial.

La enmienda requería a los notarios incluir en la planilla informativa sobre segregación, agrupación o traslado de bienes inmuebles una
tasación, un plano de mensura y un estudio de título.

“Declaramos que los demandantes e interventores han presentado un caso claro y terminante de violación al requisito constitucional de “una ley, un asunto” que establece la sección 17 del Artículo III de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Como cuestión de hecho, la enmienda presentada y aprobada por la Asamblea Legislativa que posteriormente se convirtió en el Artículo 86 de la Ley Núm. 52, resultó en que se incorporara una materia totalmente extraña e incongruente al proyecto de ley sobre el tratamiento contributivo a las corporaciones foráneas (PC 1367) y que se cambiara su propósito original, por lo que éste constituye un rider prohibido por nuestro ordenamiento constitucional", lee la sentencia.

OPINION DE JUSTICIA

El secretario del Departamento de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, dijo el lunes que las enmiendas a la Ley Notarial, aprobadas mediante la Ley para la Estabilización de las Finanzas Públicas de Puerto Rico, son inconstitucionales, por lo que la agencia se allanó a la demanda presentada por la Asociación de Abogados de Puerto Rico.

“Tras evaluar detenidamente los planteamientos de la Asociación, el Departamento de Justicia reconoce que el Artículo 86 de la Ley 52-2022 adolece de los defectos constitucionales que se alegan en la demanda”, lee la moción presentada por el secretario de Justicia al Tribunal de Primera Instancia de San Juan.

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