
El Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró un “No ha lugar” la solicitud del consorcio LUMA Energy para evitar la entrega de documentos sobre sus operaciones a la Cámara de Representantes.
“Examinada la Solicitud de Paralización de Auxilio de Jurisdicción y el Recurso de Certiorari, presentado por la parte peticionaria, se provee No Ha Lugar a ambas.", lee el documento.
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En julio, el Tribunal de Primera Instancia determinó que no habría una reconsideración en el caso de LUMA Energy por lo que ordenaban la entrega de toda documentación requerida.
La determinación surgió luego que el Tribunal federal rechazara el pedido de LUMA de remover el caso que fue radicado por la Cámara.
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