Mariana Nogales

OEG detalla requerimientos del Informe Financiero que debe presentar un servidor público

Tras alegaciones de la representante del MVC, Mariana Nogales.

Ante las expresiones de la representante del Movimiento de Victoria Ciudadana, Mariana Nogales Molinelli, sobre que el Informe Financiero que por ley debe presentar a la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico (OEG), no especifica con claridad que deba incluir información sobre puestos o cargos ocupados en empresas privadas u organizaciones sin fines de lucro, el Director Ejecutivo de la OEG, Luis A. Pérez Vargas, expresó que es absolutamente falso.

“La sección 3 del Informe Financiero es clara en cuanto a la información que un servidor público debe notificar en su Informe. En esta sección 3, se solicita que detalle puesto o cargos ocupados en o fuera del gobierno durante los últimos dos años. En la sección 5, se debe incluir los ingresos, salarios, compensaciones y otros ingresos. En la sección 6, corresponde notificar información sobre negocio propio y en la sección 9, inversiones en acciones, bono, fondos mutuos y otros instrumentos. Decir que le Informe de la Oficina no es claro, es faltar a la verdad. El propósito del Informe es ver cómo ese servidor público llega al Gobierno, cuál es el estado de sus finanzas, como se comporta una vez ingresa y como finalizan sus finanzas al culminar su función pública,” detalló el Director Ejecutivo de la OEG.

No reveló su rol en varias empresas, por las que asegura, no recibe remuneración.

Sobre las expresiones de la Representante en cuanto a enmendar la información de los Informes Financieros, Pérez Vargas aclaró que, las únicas dos instancias en que es permitido enmendar información, es al inicio del proceso de presentación del Informe porque el servidor público desea añadir o aclarar algún dato, o cuando en medio de la auditoría, se le requiere información adicional por parte de los auditores de la Oficina.

“Por lo que, en este momento, en medio de una investigación de la Cámara de Representantes y del Departamento de Justicia, permitir una enmienda al Informe de la Representante no es viable, no es real y tampoco saludable para la integridad de un proceso investigativo", destacó el Director Ejecutivo. 

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Ante los cuestionamientos públicos sobre porqué si los legisladores presentan Informes Financieros ante la OEG, la Oficina no puede iniciar investigaciones o procesamientos en contra de ellos, el artículo 5.10 de la Ley Orgánica de la OEG establece el proceder sobre los Informes de estos servidores públicos. Los auditores de la Oficina solo evalúan, no auditan, el Informe de los legisladores, para luego referirlo a la secretaría del cuerpo correspondiente, explicó el Director Ejecutivo.

Añadió que, la Ley Orgánica de la OEG no otorga jurisdicción para investigar o procesar administrativamente a los miembros de la Rama Legislativa, ni a los miembros de la Rama Judicial, la única jurisdicción de la OEG a esos fines es sobre los miembros de la Rama Ejecutiva. 

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En cuando a los Informes Financieros de la Rama Legislativa, a quien le corresponde pasar juicio, investigar o procesar a los legisladores es a la propia Asamblea Legislativa. Lo anterior responde al principio de que cada Rama de gobierno es juez de sus partes. “Referente a la representante Nogales Molinelli, cualquier asunto que sea objeto de investigación ya la Cámara de Representantes tiene la información, que bajo juramento, la Representante presentó a la Oficina. Toda investigación o posible falta administrativa que pueda haber cometido la Legisladora es completa jurisdicción de la Cámara y si se entiende que hubo un acto de violación de Ley referirla al Departamento de Justicia”, concluyó el Director Ejecutivo.

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