PFEI

Panel del FEI archiva querella contra Glorimar Ripoll

Justicia determinó que no existe causa suficiente para creer que Ia ingeniera haya incurrido en conducta delictiva.

El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) acogió la recomendación del Departamento de Justicia (DJ) de no nombrar un Fiscal Especial Independiente a Ia Principal Oficial de Información del Gobierno de Puerto Rico (PRITS), Glorimar Ripoll Balet.

Este caso se originó con dos querellas, consolidadas por Justicia, en las que se alegaba Ia comisión de delito por parte de parte Ripoll Balet, se informó este miércoles en una comunicación escrita.

De acuerdo con el informe de Investigación Preliminar del DJ, una de las quereflas provino del representante Ramón Luis Cruz Burgos quien alegó que, durante una vista de la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes, se dijo que Ripoll Balet impulsaba la contratación de XUVO Technologies, Inc. en el Departamento de Salud.

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Por otro lado, el señor Roberto Mojica Paz, Presidente de Ia compañia RM Communications, Inc. (RMCOMM), refirió al DJ unas alegadas actuaciones contrarias a la ley de parte de la señora Ripoll Balet. Estas, supuestamente consistieron en que la funcionaria envió una carta legal a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) ordenando que cancelaran un contrato con RMCOMM.

El informe de Justicia advierte que la mayoría de las acusaciones del señor Mojica Paz son de índole civil y no constituyen conducta delictiva. No obstante, se investigaron todas las alegaciones que se referían a las actuaciones de Ia ingeniera Ripoll Balet.

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Agrega el Informe, que en esta pesquisa preliminar se realizó una búsqueda e investigación abarcadora sobre ambas querellas, en las que profundizó sus análisis en el Código Penal de Puerto Rico de 2012; la Ley de Etica Gubernamental; Ia Ley 75-2019 (PRITS); y la Ley de Gobierno Electrónico, entre otras.

A base de ese análisis y de otros aspectos de la investigación mencionada, se concluye, que no hay prueba alguna para establecer que la ingeniera Ripoll Balet incurrió en infracciones de ley.

El informe del DJ, advierte que tampoco se puede soslayar que las Leyes 75-2019 y la 151-2004, le dan plena facultad v autoridad para implantar una serie de medidas de innovación, información y tecnología a ser adoptadas por las agencias. Además, le confieren la autoridad para encargarse de Ia transformación digital de Puerto Rico.

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Asimismo, el DJ considera que hubo una confusión en cuanto a Ia redacción inicial de estas alegaciones. Existen 175 contratos con el número 2020-000020 en el portal electrónico de la OCPR, los cuales no son cónsonos con las alegaciones referidas.

Finalmente, reafirma el Informe que ninguna de las alegaciones pudo ser corroborada con evidencia sobre el particular. Por ello, no existe causa suficiente para creer que Ia ingeniera Ripoll Balet haya incurrido en conducta delictiva.

A tales efectos la Secretaria Interina del Departamento de Justicia, Inés del C. Carrau Martínez recomendó que no se designe un Fiscal Especial Independiente en este asunto.

“Evaluada en su totalidad la información recopilada y la amplia investigación realizada por el Departamento de Justicia, acogemos la recomendación de la Secretaria Interina Carrau Martínez y ordenamos el archivo definitivo de este caso, sin trámite ulterior”, concluye la Resolución del Panel, con fecha de 15 de diciembre de 2020.

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