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PFEI no presentará cargos criminales por el chat de Telegram

Sin embargo, sí refirieron a Elías Sánchez a la Oficina del Procurador General.

Los fiscales especiales independientes Miguel Colón Ortiz y Leticia Pabón informaron el martes que no tienen prueba suficiente para encausar a los integrantes del chat de Telegram.

“Aún con toda la indignación que ha generado el contenido conocido del Chat, ello no es suficiente para que se pueda proceder a presentar cargos penales. Se requieren elementos constitutivos de delito a la luz de las disposiciones del Código Penal. Con esa prueba no contamos”, dijo la presidenta del Panel del FEI, Nydia Cotto Vives en declaraciones escritas.

Según Cotto Vives, “tras un extenso proceso investigativo que incluyó entrevistas a 24 testigos, los Fiscales Especiales Independientes, no pudieron encontrar el quantum de prueba, ni Ia intención criminal o negligencia requerida para sostener acusaciones penales contra los integrantes del Chat de Telegram”.

La determinación fue remitida a la Oficina de Ética Gubernamental.

Los fiscales especiales también decidieron referir al licenciado Elías Sánchez Sifonte a la Oficina del Procurador General, “ante la posible infracción de los Cánones 28 y 38 del Código de Ética de la Profesión de Abogados, por su intervención en un asunto gubernamental”.

“La extensa y minuciosa investigación descargada por los FEl fue al extremo de visualizar incluso, si ante la ausencia de prueba para configurar delitos procesables, existían bases legales para cualquier modalidad de tentativa. Esto tampoco ocurrió. De hecho, del expediente recibido del Departamento de Justicia (DJPR) se identificaron serias limitaciones investigativas que, desde el inicio, marcaron el curso de la investigación formal de los FEI. Entre ellas, ausencia de declaraciones juradas que involucraran en la comisión de delito a varias de las personas referidas. También, deficiencias en el análisis preliminar de la data de los celulares —a los cuales no se les hicieron análisis lógicos, ni físicos-, así como falta de instrucciones uniformes de parte de los fiscales del DJPR a los agentes que intervinieron en el proceso”, expuso Cotto Vives.

Mencionó que  además de los cinco agentes de la Policía y del Departamento de Justicia, los otros testigos entrevistados fueron Wanda Said, auditora del Contralor; coronel Michelle Fraley, excomisionada de la Policía; José Enrique “Quiquito” Meléndez Ortiz, legislador; coronel Arnaldo Claudio, exmonitor de la Policía; Griselle Morales, directora de Ia División Legal de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras; Fernando Gil Enseñat, exsecretario de la Vivienda; Yennifer Álvarez, execretaria de Prensa de La Fortaleza; Rossy Santiago, exdirectora de la Oficina Central de Comunicaciones especial del Gobernador; y Cecille Blondet, de la organizaciôn Espacios Abiertos.

También se entrevistó a Raúl “Raulie” Maldonado Nieves, contratista gubernamental; Denisse Longo Quiñones, exsecretaria de Justicia; Teresita Fuentes, exsecretaria de Hacienda; Carmen Yulin Cruz, alcaldesa de San Juan; Raúl Maldonado exsecretario de la Gobernación; Ricardo Llerandi, exsecretario de la Gobernación; y Sandra Rodríguez Cotto, comunicadora.

Otros testigos fueron Julia Hernández, directora del Laboratorio del Instituto de Ciencias Forenses; Sonymar Torres, especialista de Análisis de Datos Forenses del Contralor y José Candelas, especialista de Análisis de Datos Forenses del Contralor.

Como parte de su investigación, los FEI recurrieron al Instituto de Ciencias Forenses para consultar si existía la posibilidad de que en su laboratorio se pudiesen realizar análisis más profundos. También, contaron con la colaboración de los especialistas del Contralor en el Análisis de Datos Forenses.

“’Como resultado de ello, no fue posible obtener contenido de comunicaciones del Chat de Telegram. Igualmente, los FEI analizaron las investigaciones y conclusiones contenidas en el Informe de la Cámara de Representantes para un posible proceso de residenciamiento, así como el Informe del Colegio de Abogados. Con las entrevistas realizadas, los FEI trataron de obtener prueba independiente al Chat, demostrativa de la Comisión de delito que conllevara la presentación de cargos Criminales. A pesar de todas las gestiones realizadas, ello no ocurrió. La única prueba directa sobre actuaciones impropias de una persona son las relacionadas Con la declaración del Ledo, Fernando Gil Enseñat, sobre la intervención del licenciado Elías Sánchez Sifonte, en un proceso de subasta gubernamental, el cual no tuvo consecuencias por los fundamentos expresados en el Informe de los FEI.

Sin embargo, podrían ser constitutivas de violaciones éticas a la luz del Código de Ética de la Profesión de Abogados, por cuya razón fue referido a la Oficina del Procurador General.

En el caso específico del exgobernador Ricardo, los FEI concluyeron que no se configuraron los elementos delictivos en los posibles delitos apuntados, por falta de prueba que así lo demostrara. Tampoco hubo pérdida de fondos públicos ni daño a la propiedad pública. Los FEI no encontraron que el contenido de la información en el Chat, haya conllevado la Comisión de delito. La poca información compartida de forma negligente no encuentra apoyo en los elementos de los delitos para su procesamiento.

En cuanto a las infracciones atribuidas a los licenciados Christian Sobrino, Ramón Rosario y Alfonso Orona, los FEI no encontraron prueba para que se configuraran los elementos de delito.

En el ámbito penal tampoco se contó con prueba para Ia presentación de cargos contra el licenciado Sánchez Sifonte y Edwin Miranda Reyes.

“Somos conscientes del dolor que causó para muchas personas conocer parte de las conversaciones del Chat y las ofensas contenidas en el mismo. Sin embargo, como hemos visto, no importa cuánto se ha escudriñado, el resultado del caso no varía. No hay prueba de la comisión de delito que conlleve la presentación dc cargos criminales, menos aun con el quantum requerido de más allá de duda razonable”, sostuvo.

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