Puerto Rico

Representante pide que se encuentre en desacato a LUMA Energy

Luis Raúl Torres asegura que la empresa aún no entrega información solicitada.

El presidente de LUMA Energy, Wayne Stensby
Archivo

El presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía de la Cámara de Representantes, Luis Raúl Torres Cruz presentó este lunes, ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan, una Moción de Desacato contra LUMA Energy.

Según la moción presentada, el 24 de junio de 2021, el Torres Cruz presentó el presente recurso al amparo del Artículo 34-A del Código Político de Puerto Rico, 2 L.P.R.A. § 154a, para procurar auxilio judicial dirigido a lograr que los demandados (LUMA Energy, LLC) cumpliesen con la entrega de documentos debidamente solicitados por la Comisión de Desarrollo Económico Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía de la Cámara de Representantes de Puerto Rico (en lo sucesivo “la Comisión”). Dichos documentos fueron requeridos al amparo de sendas resoluciones que dicho Cuerpo Legislativo aprobó para investigar el proceso mediante el cual las dos entidades que en conjunto operan bajo el nombre de “LUMA Energy” llegasen a asumir el control de las operaciones de transmisión, distribución, mantenimiento y operación de la Autoridad de Energía Eléctrica (en lo sucesivo “AEE”), así como para además investigar la gestión de estas empresas a partir del comienzo de su gestión el pasado primero de junio. Satisfecho con que la Comisión había solicitado legítimamente los documentos en cuestión y que los mismos no habían sido producidos, reza la Moción de cuatro páginas.

El Tribunal Federal ordenó este miércoles que tiene 24 horas para hacerlo.

“No cabe duda de que los aquí demandados se encuentran en incumplimiento con la orden dictada el pasado 25 de junio. Por supuesto, reconocemos que el inciso 3 del estatuto antes citado dispone que siempre habrá de celebrarse una vista de desacato durante la cual la parte requerida “podrá levantar en ella todas las cuestiones constitucionales, legales y de hecho que estimare pertinentes”. Aunque los demandados ciertamente tendrán la oportunidad de hacer los planteamientos que estimen pertinentes durante la referida vista, dichas partes parecen haber adelantado sus posturas en las mociones para solicitar remedios post-sentencia presentadas la semana pasada.

Respetuosamente solicitamos que se señale la vista de desacato dispuesta en el Artículo 34-A(3) del Código Político para que una vez LUMA haya ejercido sus legítimas prerrogativas estatutarias y constitucionales, de dichas partes insistir en incumplir con la orden dictada por este Honorable Tribunal, se les encuentre incursos en desacato”, continúa la Moción.

A causa de la falta de energía tampoco tienen agua.

“Por todo lo cual, se solicita de este Honorable Tribunal que, una vez celebrada la vista de rigor, decrete que la parte demandada se encentra incursa en desacato civil y tome las medidas que entienda apropiadas para obligar el cumplimiento con el dictamen sobre la entrega de información”, expone la Moción.

Contáctanos