Guánica

Tribunal desestima revisión judicial presentada por el alcalde de Guánica para impugnar votos mixtos

"Desestimamos el Recurso de revisión judicial por falta de jurisdicción” lee la determinación del juez Anthony Cuevas Ramos.

El juez superior Anthony Cuevas Ramos desestimó este lunes, un recurso de revisión judicial presentado por el alcalde de Guánica, Santos Seda Nazario “Papichy” en el que buscaba evitar que se validen los votos mixtos o llamados “pivazos”.

“Tomando como ciertas las alegaciones del peticionario, el presente caso versa sobre la impugnación de una resolución que tiene el efecto de validar como votos mixtos aquellos que no cumplen con la definición establecida en artículo 9.10 del Código Electoral. Es decir, la resolución en cuestión presuntamente permite la adjudicación de votos que por su naturaleza son nulos por contravenir las disposiciones del Código Electoral. Tal determinación, a todas luces, no solo afecta al peticionario, sino que perjudica de todos los candidatos a la alcaldía de Guánica puesto que puede impactar el resultado final de dicha elección. Así, debemos concluir que los candidatos y aspirantes a la alcaldía de Guánica son partes adversamente afectadas conforme al artículo 13.2 del Código Electoral.

A pesar de que el peticionario presentó el recurso de judicial oportunamente, éste no notificó su presentación a los demás candidatos, dentro del término jurisdiccional de diez (10) días, incumpliendo de esta manera con el requisito de notificación a partes adversamente afectadas consagrado en artículo 13.2(1)(a) del Código Electoral. Sin duda, la falta de notificación en el término provisto incide sobre la jurisdicción de este Tribunal. No hay duda de que el peticionario no cumplió con lo allí dispuesto. La notificación tardía, fuera del término provisto por la ley, nos quita jurisdicción en el asunto.

Sentencia. En vista de que carecemos de jurisdicción en el caso, no podemos entrar a dilucidar el resto de los planteamientos en las mociones dispositivas. Es por ello que solo procede que dictemos Sentencia desestimando el Recurso de Revisión por falta de jurisdicción

En vista de lo anteriormente expuesto, declaramos Ha Lugar a las mociones de desestimación presentadas, por lo que desestimamos el Recurso de revisión judicial por falta de jurisdicción”, expuso el juez Cuevas Ramos en la sentencia de trece páginas.

“Papichy” obtuvo 1,953 votos frente a 1,962 votos de Ismael “Titi” Rodríguez, candidato del Partido Popular Democrático (PPD) y quien fue precertificado como vencedor.

Sin embargo, aún se desconoce si los 2,041 votos emitidos bajo nominación directa pertenecen al candidato excluido de Proyecto Dignidad, el exmilitar Edgardo Cruz Vélez.

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