Puerto Rico

Entra en vigor la Orden Ejecutiva que exige vacunación para ir a restaurantes y otros comercios

Quien no esté inoculado, debe presentar prueba negativa.

Telemundo

La nueva orden ejecutiva entra en vigor el próximo lunes 23 de agosto.

Este lunes entró en vigor la Orden Ejecutria que exige vacunación contra el COVID-19 a empleados y clientes de restaurantes

Lo que debes saber

  • Se ordena la vacunación obligatoria para todos los empleados de restaurantes, fast foods, food courts, barras, chinchorros, cafetines, teatros, cines, coliseos, centro de convenciones y de actividades en lugares cerrados.
  • Deberán exigir a los clientes la tarjeta de vacunación o entregar una prueba negativa de COVID-19 con 72 horas o menos.
  • El comercio que no se acoja a solo recibir vacunados tendrán que tener visible su capacidad de aforo de un 50%.
Mira la conferencia de prensa aquí.

El lunes que viene, entra en vigor la otra orden, que exige a los comerciantes, dueños, administradores, voluntarios o contratistas de los salones de belleza, barberías, estéticas, ‘spa’, gimnasios, centros de cuido de niños, supermercados, colmados (incluyendo los autorizados para el Programa WIC), casinos y tiendas en gasolineras requerir y asegurar que toda persona o empleado que trabaje de manera presencial en dichas instalaciones esté debidamente vacunado contra el COVID-19 o haber iniciado el proceso.

En el caso dealgunos de estos comercios también se les requerirá solicitar vacunación a sus visitantes o en la alternativa  se les reducirá el aforo en un 50 por ciento. 

Los comercios que tendrán que solicitar vacunación a sus clientes o visitantes son: salones de belleza, barberías, salones de estética, spa, gimnasios y casinos.

En el caso de estos comercios, tanto empleados como visitantes, tendrán que estar vacunados o presentar prueba negativa de Covid-19 realizada dentro de un máximo de 72 horas antes de acceder al comercio, o que el visitante presente un resultado positivo de COVID-19 de los pasados 3 meses, junto con documentación de su recuperación. De no querer requerir vacunación a sus clientes o visitantes se les reducirá el aforo a un 50 por ciento.  

Los comercios y establecimientos deberán tener afiches en lugares visibles notificando la línea confidencial del Departamento de Salud e informar si en el lugar se requiere presentar evidencia de vacunación o prueba negativa contra el COVID-19. De no requerir vacunación, en el afiche se deberá informar el número de personas que componen la ocupación máxima requerida de 50 porciento. La línea confidencial de Salud es el 787-522-6300 extensiones 6899, 6840, 6824, 6883 y 6893 mientras que el correo electrónico es investigaciones@salud.pr.gov  

Cualquier persona o empresa que incumpla con la Orden Ejecutiva se expone a un máximo de seis meses de cárcel, una multa que no excederá $5 mil o ambas a discreción del Tribunal. De igual forma, y conforme a las disposiciones de la ley orgánica del Departamento de Salud toda persona natural o jurídica que infrinja las disposiciones de ley o reglamentos de la agencia incurrirá en delito menos grave.

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