Voto 2020

Electores de Culebra presentan demanda contra la CEE

Se trata de un grupo de 20 ciudadanos que alegan se perdió un maletín que contenía votos de los culebrenses.

Un grupo de 20 ciudadanos del municipio de Culebra presentaron este martes una demanda ante el Tribunal de Primera Instancia contra la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) y su presidente, Francisco Rosado Colomer, ante la supuesta pérdida de un maletín que contendría papeletas de voto a domicilio de electores de este municipio.

“El presente recurso plantea cuestiones del más alto interés público, en tanto el mismo procura el vindicar el derecho fundamental al voto de veinte (20) electores cuyas papeletas votadas y el maletín que contiene las mismas obran extraviados, a días de celebrada la elección general y a escasas horas de que inicie un proceso de recuento y escrutinio general en el país”, reza el documento.

“Los recientes eventos primaristas y la jurisprudencia interpretativa generada a raíz de los mismos en materia electoral, nos enseñan que las fallas y deficiencias de los organismos oficiales del Estado, no pueden servir de escenario para violentar lo que es probablemente una de las garantías constitucionales de mayor estimación en nuestro ordenamiento democrático, como resulta ser el derecho al voto”, añade.

“Este Honorable Tribunal tiene ante sí un agravio constitucional de patente intensidad, en una acción directa del elector. La cual, por no tratarse un recurso de revisión o impugnación de resultado electoral, constituye una causa justiciable por la vía judicial, propia de la vía extraordinaria que se invoca”, continúa.

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Así las cosas, los demandantes solicitaron un “interdicto preliminar para que se prohíba a la Comisión Estatal de Elecciones que los procesos de recuento y escrutinio en el Municipio de Culebra sean adjudicados de manera definitiva, hasta tanto el voto de los demandantes sea contado y, en consecuencia, se le prohíba a dicha entidad emitir una certificación final en cuanto al ganador del evento electoral en el aducido municipio. Lo anterior, hasta tanto el derecho al voto de los electores demandantes sea debidamente vindicado y cese el agravio constitucional al cual han quedado sujetos. ii. interdicto preliminar y permanente ordenando a la parte demandada a garantizar el derecho fundamental al sufragio de los demandantes, adjudicando cada uno de los votos debidamente ejercidos. iii. En la alternativa, emita un auto de mandamus y/o interdicto preliminar y permanente, compeliendo a la parte demandada a establecer un remedio adecuado que garantice el derecho constitucional al voto de los demandantes mediante un mecanismo análogo al voto adelantado que originalmente fuera por estos utilizado y que el mismo sea debidamente contado y adjudicado; iv. Conceda a la parte demandante cualesquiera otros derechos y/o remedios que en Derecho y/o equidad procedan; e v. Imponga a la parte demandada el pago de las costas, gastos de litigio y honorarios de abogado”.

Una vista preliminar sobre el caso fue estipulada para el próximo viernes, 13 de noviembre.

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