Puerto Rico

Entra en vigor la Orden Ejecutiva que exige vacunación para ir a restaurantes y otros comercios

Quien no esté inoculado, debe presentar prueba negativa.

Telemundo

Este lunes entró en vigor la Orden Ejecutria que exige vacunación contra el COVID-19 a empleados y clientes de restaurantes

Lo que debes saber

  • Se ordena la vacunación obligatoria para todos los empleados de restaurantes, fast foods, food courts, barras, chinchorros, cafetines, teatros, cines, coliseos, centro de convenciones y de actividades en lugares cerrados.
  • Deberán exigir a los clientes la tarjeta de vacunación o entregar una prueba negativa de COVID-19 con 72 horas o menos.
  • El comercio que no se acoja a solo recibir vacunados tendrán que tener visible su capacidad de aforo de un 50%.
Mira la conferencia de prensa aquí.

El lunes que viene, entra en vigor la otra orden, que exige a los comerciantes, dueños, administradores, voluntarios o contratistas de los salones de belleza, barberías, estéticas, ‘spa’, gimnasios, centros de cuido de niños, supermercados, colmados (incluyendo los autorizados para el Programa WIC), casinos y tiendas en gasolineras requerir y asegurar que toda persona o empleado que trabaje de manera presencial en dichas instalaciones esté debidamente vacunado contra el COVID-19 o haber iniciado el proceso.

En el caso dealgunos de estos comercios también se les requerirá solicitar vacunación a sus visitantes o en la alternativa  se les reducirá el aforo en un 50 por ciento. 

Los comercios que tendrán que solicitar vacunación a sus clientes o visitantes son: salones de belleza, barberías, salones de estética, spa, gimnasios y casinos.

En el caso de estos comercios, tanto empleados como visitantes, tendrán que estar vacunados o presentar prueba negativa de Covid-19 realizada dentro de un máximo de 72 horas antes de acceder al comercio, o que el visitante presente un resultado positivo de COVID-19 de los pasados 3 meses, junto con documentación de su recuperación. De no querer requerir vacunación a sus clientes o visitantes se les reducirá el aforo a un 50 por ciento.  

Los comercios y establecimientos deberán tener afiches en lugares visibles notificando la línea confidencial del Departamento de Salud e informar si en el lugar se requiere presentar evidencia de vacunación o prueba negativa contra el COVID-19. De no requerir vacunación, en el afiche se deberá informar el número de personas que componen la ocupación máxima requerida de 50 porciento. La línea confidencial de Salud es el 787-522-6300 extensiones 6899, 6840, 6824, 6883 y 6893 mientras que el correo electrónico es investigaciones@salud.pr.gov  

Cualquier persona o empresa que incumpla con la Orden Ejecutiva se expone a un máximo de seis meses de cárcel, una multa que no excederá $5 mil o ambas a discreción del Tribunal. De igual forma, y conforme a las disposiciones de la ley orgánica del Departamento de Salud toda persona natural o jurídica que infrinja las disposiciones de ley o reglamentos de la agencia incurrirá en delito menos grave.

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