Voto 2020

Supremo declara No ha lugar petición de exalcaldesa de Aguadilla para prohibir los “pivazos”

Irizarry reclamaba que la CEE adjudicó ilegalmente los votos mixtos denominados “pivazos”.

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El Tribunal Supremo declaró el miércoles no ha lugar la petición de la exalcaldesa de Aguadilla, Yanitzia Irizarry para invalidar los votos “Pivazos”.

“Examinada la Solicitud de certificación intrajurisdiccional presentada por la candidata a la alcaldía del Municipio de Aguadilla por el Partido Nuevo Progresista, Yanitsia Irizarry Méndez, se provee no ha lugar. Notifíquese de inmediato telefónicamente y por correo electrónico. Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. La Jueza Asociada señora Pabón Charneco certificaría el recurso instado. El Juez Asociado señor Estrella Martínez declararía con lugar la Solicitud de certificación intrajurisdiccional presentada por la parte peticionaria. El Juez Asociado señor Kolthoff Caraballo esté inhibido”, reza la sentencia.

Reacción Inmediata.

La demanda sometida por Irizarry reclamaba que la Comisión Estatal de Elecciones adjudicó ilegalmente los votos mixtos denominados “Pivazos” los cuales la Ley Electoral identifica como inválidos.

Previamente el Tribunal Supremo había denegado la demanda presentada por Irizarry por entender que era prematura y al momento no había una certificación oficial sobre quien sería el nuevo alcalde de Aguadilla.

CT-2021-4.pdf by Erick A. Velázquez Sosa

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