Puerto Rico

Tribunal reafirma poderes del DACO para emitir órdenes de congelación

El foro primario desestimó un recurso de "injunction" radicado por los detallistas de gasolina.

El Tribunal de Primera Instancia de San Juan concluyó que carece de jurisdicción para intervenir en cualquier controversia que surja de una orden, regla o escala de precios promulgada por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), mientras no se agoten los remedios administrativos dispuestos expresamente por ley.

Así lo determinó el Juez Anthony Cuevas como parte de una Sentencia de 11 páginas, mediante la cual desestimó la solicitud de Injunction presentada por la Asociación de Detallistas de Gasolina (ADG), y otros demandantes.

Mediante el recurso de Injunction, se pretendía cuestionar la Orden de Congelación 2022-003, que el DACO tuvo en vigor desde el 24 de febrero, la cual se extendió hasta los primeros días del mes en curso.

El foro primario rechazó intervenir por entender que dicha medida se promulgó al amparo de las facultades delegadas al Secretario, y que el ordenamiento vigente provee mecanismos apropiados para acudir en reconsideración ante la propia agencia.

“Aun si entendiéramos que la Asamblea Legislativa nos ha concedido jurisdicción para atender este caso sin que se pase por el procedimiento administrativo, no procede un injunction en este caso, puesto que no existe un daño irreparable. Debemos recordar que la Asamblea Legislativa estableció, mediante una ley especial, un procedimiento para resolver cualquier controversia que surge de cualquier orden, regla o escala de precios. Por lo tanto, existe un remedio adecuado en ley al cual pueden acudir los Demandantes”, concluye la Sentencia emitida el lunes 17 de octubre.

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