Puerto Rico

Exempleado de ATM habría cobrado más de $18 mil en horas extras sin trabajarlas

El hombre, quien fungía como capitán de embarcaciones fue referido al Departamento de Justicia y Ética Gubernamental.

Foto Archivo

La Oficina del Inspector General de Puerto Rico (OIG), refirió este sábado al Departamento de Justicia y la Oficina de Ética Gubernamental a un exempleado de la Autoridad de Transporte Marítimo (ATM), quien fungía como capitán de embarcaciones, por posiblemente haberse beneficiado de más de $18 mil dólares en horas extras de manera ilegal. 

El referido surge luego de una investigación de la OIG que cubrió el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2021. Según los resultados de la investigación el empleado registraba horarios de trabajo en horas o días en los que no estaba asignado a laborar, alterando así sus registros de asistencia de manera que se reflejaran más horas de las realmente trabajadas. 

La situación comentada pudo propiciar que, un empleado gubernamental se apropiara ilegalmente de fondos públicos pertenecientes al erario por la cantidad de $18,685.46, al realizar registros de tiempo extraordinario no trabajado, ni autorizado por un supervisor de la agencia y sin que dichos registros fueran validados a tiempo, para adjudicar responsabilidades. 

La cuantía determinada pudo ser mayor, toda vez que, el empleado aparenta haber incurrido en un patrón de apropiación de fondos públicos que se pudo haber extendido mucho antes del periodo investigado. Por otro lado, lo comentado ocasionó que, la condición financiera de la ATM se viera afectada e impidió que dichos fondos pudieran ser utilizados por la entidad para atender sus operaciones.

La OIG validó deficiencias de los controles internos en la ATM qué ameritan ser atendidas ya que, la investigación reveló que, las hojas de asistencias no cumplían con la firma del empleado y su supervisor.  

Al respecto, los supervisores de la ATM informaron que no tenían acceso a la plataforma de registro electrónico de asistencia de la compañía ADP, lo que les impedía verificar y autorizar los registros de asistencias electrónicos realizados por los empleados bajo su supervisión. No obstante, lo mencionado no fue impedimento para que se le procesara de manera íntegra el pago del tiempo extraordinario que registraba el empleado, sin validar que éste, en efecto, cumpliera con las horas de trabajo según registradas.

La información para el pago de horas regulares y el tiempo extraordinario es procesada con los datos recopilados del sistema electrónico de asistencia de la compañía ADP, sin validación adicional por parte del personal a cargo en la ATM.

Los resultados del informe, con sus recomendaciones están disponibles en la página oficial de la OIG www.oig.pr.gov

De tener información sobre irregularidades en el uso de fondos públicos, así como actos que podrían constituir corrupción, puede comunicarse con la OIG a nuestra línea confidencial, 787-679-7979, o a través del correo electrónico a informa@oig.pr.gov

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